Blog

El Tribunal Supremo anula por abusiva una comisión bancaria que cobraba descubiertos en la cuenta

La Sala Primera del Tribunal Supremo en su Sentencia 556/2019 de 25 de octubre de 2019 ha declarado abusiva la comisión de treinta euros que cobraba una entidad bancaria por cada descubierto en cuenta, en concepto de “comisión de reclamación de posiciones deudoras”.

El Alto Tribunal considera que esta cláusula que establece una comisión es abusiva porque no cumple con las exigencias del Banco de España para estas gestiones, ya que se produce como una reclamación automática, estableciendo el Supremo que las entidades no pueden cobrar por servicios no solicitados por los clientes.

Además, establece el Tribunal que «tampoco discrimina periodos de mora, de modo que basta la inefectividad de la cuota en la fecha de pago prevista para que, además de los intereses moratorios, se produzca el devengo de una comisión», suponiendo, esta cláusula, una doble infracción por un mismo hecho para el deudor, que deberá hacer frente a los intereses de demora que se producen cada vez que existe deuda, y a otra cantidad a modo de sanción.

Categoria:

Blog

Compartir: